viernes, 7 de mayo de 2010

Sobre "bugs", fallos, errores y otra fauna

Siguiendo con el hilo de la terminología confusa, aquí tenemos otra muestra. Se trata de varios conceptos que se diferencian en pequeños matices y sobre los que no hay una definición exacta. En este aspecto cabe destacar que estos matices tienen que ver con el alcance de las consecuencias que cada término conlleva.

Como no hay una definición concreta de la mayoría de ellos, aquí dejo una recopilación de las definiciones que me han parecido más interesantes de cada uno de ellos. Creo que con esto, cada uno se podrá hacer una idea del significado y de por qué se usa un término y no otro en cada caso, etc.

Pido disculpas si la traducción del nombre de algunos conceptos no es del todo correcta o resulta un tanto extraña pero después de mucho buscar e investigar, creo que son las traducciones más adecuadas para lo que cada concepto representa.


ANOMALÍA
  • [IEEE 1044] Cualquier comportamiento que se desvía de las expectativas basadas en las especificaciones de requerimientos, documentos de diseño, documentos de usuario, estándares, etc. o de la percepción y/o experiencia de alguien. Las anomalías se pueden encontrar (aunque no únicamente) durante revisiones, testeo, analisis, compilación o uso de productos de software o documentación aplicable.
  • [COBUILD] Una regla o práctica que difiere de lo que es normal o usual y que es, por consiguiente, insatisfactoria.
  • [ANSI] Cualquier cosa observada en la documentación o en el funcionamiento del software que se desvía de las expectativas basadas en productos de software previamente verificados o en documentos de referencia.
“BUG”
  • [GCSSDT] Un error en un programa que hace que dicho programa funcione de un modo no deseado o imprevisto.
  • [Wikipedia] Un error, defecto, equivocación, falla, fallo o “funcionalidad no documentada” en un programa de ordenador que evita que dicho programa funcione como es debido (por ejemplo, produciendo un resultado incorrecto).
  • [Pham 2000] Un defecto de diseño que se manifestará cuando un objeto sea sometido al test apropiado.
CUELGUE
  • [IEEE] La falla total y repentina de un sistema o componente.
DEFECTO
  • Incumplimiento de los requerimientos o de la especificación funcional o del programa.
  • [ISTQB] Un error en un componente o sistema que causa que dicho componente o sistema falle al ejecutar su funcionamiento requerido (por ejemplo, una sentencia o una definición de datos incorrecta). Un defecto, si se manifiesta en tiempo de ejecución, puede causar una falla del componente o sistema.
  • [IEEE 610.12-1990] Una anomalía en un producto.
DESVIACIÓN
  • Ver incidente.
ERROR
  • [ISO] Una discrepancia entre un valor o una condición computados, observados o medidos y el valor o la condición verdaderos, especificados o teóricamente correctos.
  • [ANSI]
    1. La diferencia entre un valor o una condición computados, observados o medidos y el valor o la condición verdaderos, especificados o teóricamente correctos.
    2. Un paso, proceso o definición de datos incorrecto. También: fallo.
    3. Un resultado incorrecto. También: falla.
    4. Una acción humana que produce un resultado incorrecto [After IEEE 610]. También: equivocación.
  • [Krsul] Un error es una equivocación cometida por un desarrollador. Puede ser un error tipográfico, una confusión con las especificaciones, un malentendido sobre lo que hace una subrutina, etc. [IEEE 1990]. Un error puede conducir a uno o más fallos. Los fallos están localizados en el texto del programa.
  • Un fallo en el sistema bajo testeo; normalmente, aunque no siempre, una equivocación al programar por parte del desarrollador.
EXCEPCIÓN
  • [IEEE] Un evento que causa la suspensión de la ejecución normal de un programa.
FALLA
  • [IEEE/ANSI] La incapacidad de un sistema o componente de llevar a cabo las funciones especificadas en los requerimientos.
  • [After Fenton] Desviación real del componente o sistema de su función, servicio o resultado esperados.
  • No funcionamiento o funcionamiento incorrecto de la función prevista de un producto. Una falla es, a menudo, la manifestación de uno o más fallos.
FALLO
  • [ANSI] Un paso, proceso o definición de datos incorrecto en un programa de ordenador que hace que dicho programa funcione de un modo no deseado o imprevisto. Un paso, proceso o definición de datos incorrecto.
  • [BCS SIGIST] La manifestación de un error en el software. Un fallo, si se produce en tiempo de ejecución, puede causar una falla.
  • [Krsul] Un fallo es la diferencia entre un programa incorrecto y su versión correcta [IEEE 1990].
  • Un defecto inherente en un producto que puede o no manifestarse, tal como un “bug” en el código.
INCIDENTE
  • [After IEEE 1008] Cualquier evento ocurrido durante el testeo que requiere investigación.
EQUIVOCACIÓN
  • Ver error.
PROBLEMA
  • Ver defecto.
----------------------------------------------------------------------------

Continuing with the confused terminology, here we are another sample. They are some concepts that differ each others in little nuances and for which there is no accurate definition. In this sense, it worths mentioning that these nuances have to do with the scope of the consequences each concept implies.

Since there is no accurate definition for the great majority of them, here you are a compilation of definitions that I have considered as the most interesting for each one. I think that with this, everyone will have an idea of the meaning and why a particular term is used instead of other in each particular case, etc.



ANOMALY

  • [IEEE 1044] Any condition that deviates from expectation based on requirements specifications, design documents, user documents, standards, etc. or from someone’s perception or experience. Anomalies may be found during, but not limited to, reviewing, testing, analysis, compilation or use of software products or applicable documentation.
  • [COBUILD] A rule or practice that is different from what is normal or usual and which is therefore unsatisfactory.
  • [ANSI] Anything observed in the documentation or operation of software that deviates from expectations based on previously verified software products or reference documents.
BUG
  • [GCSSDT] A fault in a program which causes the program to perform in an unintended or unanticipated manner.
  • [Wikipedia] An error, flaw, mistake, failure, fault or “undocumented feature” in a computer program that prevents it from behaving as intended (e.g., producing an incorrect result).
  • [Pham 2000] A design flaw that will result in symptoms exhibited when an object is subjected to an appropriate test.
CRASH
  • [IEEE] The sudden and complete failure of a computer system or component.
DEFECT
  • Nonconformance to requirements or functional/program specification.
  • [ISTQB] A flaw in a component or system that can cause the component or system to fail to perform its required function (e.g., an incorrect statement or data definition). A defect, if encountered during execution, may cause a failure of the component or system.
  • [IEEE 610.12-1990] A product anomaly.
DEVIATION
  • See incident.
ERROR
  • [ISO] A discrepancy between a computed, observed or measured value or condition and the true, specified or theoretically correct value or condition.
  • [ANSI]
    1. The difference between a computed, observed or measured value or condition and the true, specified or theoretically correct value or condition.
    2. An incorrect step, process or data definition. Also: fault.
    3. An incorrect result. Also: failure.
    4. A human action that produces an incorrect result [After IEEE 610]. Also: mistake.
  • [Krsul] An error is a mistake made by a developer. It might be typographical error, a misleading of a specifications, a misunderstanding of what a subroutine does and so on [IEEE 1990]. An error might lead to one or more faults. Faults are located in the text of the program.
  • A mistake in the system under test; usually but not always a coding mistake on the part of the developer.
EXCEPTION
  • [IEEE] An event that causes suspension of normal program execution.
FAILURE
  • [IEEE/ANSI] The inability of a system or component to perform its required functions within specified performance requirements.
  • [After Fenton] Actual deviation of the component or system from its expected delivery, service or result.
  • Non-performance or incorrect performance of an intended function of a product. A failure is often the manifestation of one or more faults.
FAULT
  • [ANSI] An incorrect step, process or data definition in a computer program which causes the program to perform in an unintended or unanticipated manner. An incorrect step, process, or data definition in a computer program.
  • [BCS SIGIST] A manifestation of an error in software. A fault, if encountered may cause a failure.
  • [Krsul] A fault is the difference between incorrect program and the correct version [IEEE 1990].
  • An inherent defect in a product that may or may not ever manifest, such as a bug in software code.
INCIDENT
  • [After IEEE 1008] Any event occurring during testing that requires investigation.
MISTAKE
  • See error.
PROBLEM
  • See defect.

Referencias/References:

http://www.xqual.com/documentation/glossary.html
http://www.istqb.org/downloads/glossary-current.pdf
http://www.aptest.com/glossary.html
http://geekswithblogs.net/srkprasad/archive/2004/06/02/5795.aspx
http://sw-assurance.gsfc.nasa.gov/help/glossary.php
http://www.qatutor.com/glossary.html

martes, 12 de enero de 2010

Red S@Stenible

Consideramos imprescindible la retirada de la disposición final primera de la Ley de Economía Sostenible por los siguientes motivos:

1 -Viola los derechos constitucionales en los que se ha de basar un estado democrático en especial la presunción de inocencia, libertad de expresión, privacidad, inviolabilidad domiciliaria, tutela judicial efectiva, libertad de mercado, protección de consumidoras y consumidores, entre otros.

2 - Genera para la Internet un estado de excepción en el cual la ciudadanía será tratada mediante procedimientos administrativos sumarísimos reservados por la Audiencia Nacional a narcotraficantes y terroristas.

3 - Establece un procedimiento punitivo “a la carta” para casos en los que los tribunales ya han manifestado que no constituían delito, implicando incluso la necesidad de modificar al menos 4 leyes, una de ellas orgánica. Esto conlleva un cambio radical en el sistema jurídico y una fuente de inseguridad para el sector de las TIC (Tecnología de la Información y la Comunicación). Recordamos, en este sentido, que el intercambio de conocimiento y cultura en la red es un motor económico importante para salir de la crisis como se ha demostrado ampliamente.

4 - Los mecanismos preventivos urgentes de los que dispone la ley y la judicatura son para proteger a toda ciudadanía frente a riesgos tan graves como los que afectan a la salud pública. El gobierno pretende utilizar estos mismos mecanismos de protección global para beneficiar intereses particulares frente a la ciudadanía. Además la normativa introducirá el concepto de "lucro indirecto", es decir: a mí me pueden cerrrar el blog porque "promociono" a uno que "promociona" a otro que linka a un tercero que hace negocios presuntamente ilícitos

5 - Recordamos que la propiedad intelectual no es un derecho fundamental contrariamente a las declaraciones del Ministro de Justicia, Francisco Caamaño. Lo que es un derecho fundamental es el derecho a la producción literaria y artística.

6 - De acuerdo con las declaraciones de la Ministra de Cultura, esta disposición se utilizará exclusivamente para cerrar 200 webs que presuntamente están atentando contra los derechos de autor. Entendemos que si éste es el objetivo de la disposición, no es necesaria, ya que con la legislación actual existen procedimientos que permiten actuar contra webs, incluso con medidas cautelares, cuando presuntamente se esté incumpliendo la legalidad. Por lo que no queda sino recelar de las verdaderas intenciones que la motivan ya que lo único que añade a la legislación actual es el hecho de dejar la ciudadanía en una situación de grave indefensión jurídica en el entorno digital.

7 - Finalmente consideramos que la propuesta del gobierno no sólo es un despilfarro de recursos sino que será absolutamente ineficaz en sus presuntos propósitos y deja patente la absoluta incapacidad por parte del ejecutivo de entender los tiempos y motores de la Era Digital.

La disposición es una concesión más a la vieja industria del entretenimiento en detrimento de los derechos fundamentales de la ciudadanía en la era digital.

La ciudadanía no puede permitir de ninguna manera que sigan los intentos de vulnerar derechos fundamentales de las personas, sin la debida tutela judicial efectiva, para proteger derechos de menor rango como la propiedad intelectual. Dicha circunstancia ya fué aclarada con el dictado de inconstitucionalidad de la ley Corcuera (o ley de patada en la puerta). El Manifiesto en defensa de los derechos fundamentales en Internet, respaldado por más de 200 000 personas, ya avanzó la reacción y demandas de la ciudadanía antes la perspectiva inaceptable del gobierno.
Para impulsar un definitivo cambio de rumbo y coordinar una respuesta conjunta, el 9 de enero se ha constituido la "Red SOStenible" una plataforma representativa de todos los sectores sociedad civil afectados. El objetivo es iniciar una ofensiva para garantizar una regulación del entorno digital que permita expresar todo el potencial de la Red y de la creación cultural respetando las libertades fundamentales.

En este sentido, reconocemos como referencia para el desarrollo de la era digital, la Carta para la innovación, la creatividad y el acceso al conocimiento, un documento de síntesis elaborado por más de 100 expertos de 20 países que recoge los principios legales fundamentales que deben inspirar este nuevo horizonte.
En particular, consideramos que en estos momentos es especialmente urgentes la implementación por parte de gobiernos e instituciones competentes, de los siguientes aspectos recogidos en la Carta:

1 - Las/os artistas como todos los trabajadores tienen que poder vivir de su trabajo (referencia punto 2 "Demandas legales", párrafo B. "Estímulo de la creatividad y la innovación", de la Carta);

2 - La sociedad necesita para su desarrollo de una red abierta y libre (referencia punto 2 "Demandas legales", párrafo D "Acceso a las infraestructuras tecnológicas", de la Carta);

3 - El derecho a cita y el derecho a compartir tienen que ser potenciado y no limitado como fundamento de toda posibilidad de información y constitutivo de todo conocimiento (referencia punto 2 "Demandas legales", párrafo A "Derechos en un contexto digital", de la Carta);

4 - La ciudadanía debe poder disfrutar libremente de los derechos exclusivos de los bienes públicos que se pagan con su dinero, con el dinero publico (referencia punto 2 "Demandas legales", párrafo C "Conocimiento común y dominio público", de la Carta);

5 -Consideramos necesaria una reforma en profundidad del sistema de las entidades de gestión y la abolición del canon digital (referencia punto 2 "Demandas legales", párrafo B. "Estímulo de la creatividad y la innovación", de la Carta).

Por todo ello hoy se inicia la campaña INTERNET NO SERA OTRA TELE y se llevarán a cabo diversas acciones ciudadanas durante todo el periodo de la presidencia española de la UE.

Consideramos particularmente importantes en el calendario de la presidencia de turno española el II Congreso de Economía de la Cultura (29 y 30 de marzo en Barcelona), Reunión Informal de ministros de Cultura (30 y 31 de marzo en Barcelona) y la reunión de ministros de Telecomunicaciones (18 a 20 de abril en Granada).

La Red tiene previsto reunirse con representantes nacionales e internacionales de partidos políticos, representantes de la cultura y legaciones diplomáticas.

Firmado Red SOStenible

http://Red-SOStenible.net

http://Red-SOStenible.net/colabora/

La Red Sostenible somos todo. Si quieres adherirte a este texto, cópialo, blogguéalo, difúndelo.